Tus derechos financieros en Panamá

Tus derechos

Familia panameña

Para el bienestar y el trato justo de los integrantes del mercado, los Estados buscan garantizar la protección de los consumidores mediante el establecimiento de agencias gubernamentales que promueven el equilibrio y defienden los derechos de los consumidores.

Constitución de la República de Panamá

La Constitución de la República de Panamá, en su Artículo 49 indica que:

El Estado reconoce y garantiza el derecho de toda persona a obtener bienes y servicios de calidad, información veraz, clara y suficiente sobre las características y el contenido de los bienes y servicios que adquiere; así como a la libertad de elección y a condiciones de trato equitativo y digno.

La Ley establecerá los mecanismos necesarios para garantizar esos derechos, su educación y los procedimientos de defensa del consumidor y usuario, el resarcimiento de los daños ocasionados y las sanciones correspondientes por la trasgresión de estos derechos.

En Panamá, existen distintas instituciones que velan por la protección de los consumidores, como la Superintendencia de Bancos de Panamá, la Superintendencia de Seguros y Reaseguros, la Autoridad Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (ACODECO). En el caso de la Superintendencia del Mercado de Valores brinda educación a los inversionistas.

Superintendencia de Bancos de Panamá

Protección al Consumidor Bancario

Sabías que tienes derechos que te protegen en caso de que sientas que alguna entidad bancaria no te brinde la atención que mereces, como cliente o consumidor bancario. Así está establecido en la Ley Bancaria, existen principios que tienen la finalidad de brindar, a la relación que mantienes con el banco, el equilibrio necesario y deseado para garantizar el balance entre los clientes y las entidades bancarias.

Derechos del Cliente Bancario

  1. Conocer antes, durante y después, toda la información de manera clara y sin costo alguno, sobre tus productos o servicios bancarios.
  2. Desistir, en cualquier momento, de continuar la relación con el banco, siempre y cuando cumplas con las obligaciones previamente pactadas.
  3. Confidencialidad en lo que respecta a su relación con el banco frente a terceros, así como a su privacidad.
  4. Recibir un servicio diligente y eficiente por parte del banco, especialmente en la atención de consultas.

Referencias de Crédito

Las referencias de crédito son datos que reflejan el comportamiento de pago de los compromisos financieros de una persona. La APC (Agencia de Información de Crédito) es la única agencia autorizada por el Ministerio de Comercio e Industrias para recopilar información de bancos, financieras, cooperativas, aseguradoras, telecomunicaciones, energía eléctrica y comercios.

Si tienes un reclamo sobre referencias de crédito, puedes acudir a ACODECO.

APC ExperianSuperintendencia de Bancos de Panamá

Reclamos que la SBP NO atiende

  • Hechos delictivos (fraudes, robos, falsificación de documentos)
  • Empresas financieras o cooperativas
  • Correcciones de historiales de crédito (APC)
  • Publicidad engañosa o descuentos de jubilados

¿Cómo presentar un reclamo ante la SBP?

Pasos previos:

  1. Presentar reclamo por escrito al Sistema de Atención de Reclamos del banco.
  2. Clasificar como consumidor bancario según los montos establecidos.

Persona Natural

  • Financiamientos para consumo personal: hasta B/.68,000
  • Financiamientos para vivienda principal: hasta B/.169,000
  • Depósitos a la vista: hasta B/.27,000 por cuenta
  • Depósitos de ahorro o plazo fijo: hasta B/.68,000 por cuenta

Persona Jurídica

  • Financiamientos para micro y pequeñas empresas: hasta B/.270,000
  • Financiamientos para accionistas/dueños/familiares: hasta B/.179,000

La SBP investiga y procede legalmente para aclarar lo sucedido y hacer valer tus derechos. Debes presentar una carta escrita explicando las razones y lo que esperas de la resolución.

Superintendencia de Seguros y Reaseguros de Panamá

Protección al Consumidor de Seguros

Un seguro es un contrato entre una persona o empresa y una compañía aseguradora, donde se realiza un pago para cubrir una contingencia o imprevisto. La Superintendencia de Seguros y Reaseguros de Panamá (SSRP) supervisa y regula este mercado.

Derechos del Consumidor de Seguros

  1. Conocer toda la información de manera clara, veraz y sin costo alguno de todos los elementos del contrato de seguro.
  2. Confidencialidad y privacidad de la información brindada.
  3. Recibir un servicio diligente y eficiente por parte de las aseguradoras.
  4. Que le sea entregado un ejemplar del contrato de seguro.
  5. Que no se les apliquen cargos por servicios que no han sido estipulados en el contrato.
  6. Que se le informe oportunamente de cualquier cambio en su póliza y a que se les conceda un término prudencial para expresar consideraciones.
  7. Ser informado al momento de la renovación si se han modificado las condiciones del contrato.
  8. A recibir información sobre términos y condiciones aplicables cuando se haya prescindido de corredor.
  9. A ser indemnizado dentro de un término no mayor de noventa días calendario, una vez admitido el reclamo.
  10. Escoger y designar su corredor de seguros o canal de comercialización.
  11. Comunicación con treinta días hábiles de anticipación sobre decisión de renovar o no el contrato.

Reclamos que la SSRP admite

  • Reclamos que no sobrepasen los veinticinco mil balboas (US$25,000.00).
  • Aquellos reclamos que, sin tener cuantía determinada, guarden relación con derecho a la información o prácticas inadecuadas.
  • Cuando el corredor de seguros retenga las primas cobradas por un término mayor de 15 días calendario.
  • Cuando se viole cualquiera de las normas de esta Ley, que guarden relación con la actividad del corredor.

Reclamos que la SSRP NO atiende

  • Fianzas emitidas por aseguradoras (competencia jurisdiccional)
  • Declaración de nulidad de cláusulas en contratos de adhesión (competencia jurisdiccional)
  • Publicidad inexacta o engañosa (competencia de ACODECO)
  • Reclamos por perjuicios, lucro cesante, costas y honorarios (competencia jurisdiccional)

Pasos para interponer un reclamo

  1. Presentar inconformidad por escrito ante el Ejecutivo del Sistema de Atención de Controversias.
  2. Esperar respuesta en un plazo de 30 días calendario.
  3. Si no hay respuesta o no es satisfactoria, interponer queja dentro de 90 días hábiles posteriores.

Documentos requeridos para reclamo ante la SSRP

  • Formulario de Quejas de la SSRP
  • Copia de documento de identidad personal
  • Certificado de Registro Público (si es empresa)
  • Carta de respuesta del Ejecutivo de Controversias
  • Otros documentos según tipo de reclamo

Para reclamos contra corredores de seguros el plazo es de 60 días hábiles a partir del conocimiento de la infracción.

Superintendencia del Mercado de Valores

Protección al Inversionista

La inversión es la posibilidad que tiene una persona de poner a rentar sus excedentes de liquidez. Un inversionista es la persona o empresa que asigna capital con expectativa de ganancia a corto, mediano o largo plazo.

Derechos del Inversionista

1. Examina los Riesgos

Toda inversión posee riesgos implícitos. Entre más ganancias se quieran obtener, el riesgo que deberá asumir será mayor. Solicita información sobre los riesgos asociados antes de invertir.

2. Conoce las Tarifas

Conocer las tarifas que cobra el intermediario es importante, ya que varían según el producto y pueden significar un corte grande de tus ganancias. Diversifica: distribuye tus inversiones en distintas opciones para reducir riesgos.

3. Comprende tu Inversión

Asegúrate de comprender el contenido y datos incluidos. Lee el prospecto, contrato y documentación previamente. Pospón decisiones sobre inversiones ofrecidas por teléfono, visitas inesperadas, correo electrónico o redes sociales.

Prácticas Indebidas

Uso indebido de información privilegiada

Quien tiene conocimiento de hechos de importancia no públicos no puede utilizarlos para aprovecharse injustamente en compra o venta de valores registrados.

Declaraciones falsas y omisiones de emisores

Los emisores y afiliados deben proporcionar toda la información verbal o escrita relacionada con hechos de importancia.

Declaraciones falsas y omisiones de oferentes

Los oferentes deben proporcionar información completa al ofrecer valores registrados.

Declaraciones falsas en relación con poderes de voto

Quien solicite poderes de voto debe divulgar todos los hechos de importancia que deban ser divulgados.

Registros e informes a la SMV

Las declaraciones no pueden ser falsas o engañosas en algún aspecto de importancia.

Manipulación

Está prohibida la creación de una apariencia falsa o engañosa respecto al mercado de valores registrados o la manipulación del precio de mercado.

Promoción sin divulgar beneficio

Quien recibe directa o indirectamente una contraprestación deberá divulgar al comprador o vendedor prospectivo este hecho.

Falsificación de libros y registros

Alterar o falsificar documentos financieros está estrictamente prohibido.

¿Cómo hacer una denuncia ante la SMV?

Las denuncias no requieren formalidades estrictas; pueden ser verbales, escritas o por correo electrónico. Si es escrita, debe contener:

  1. Funcionario al que se dirige
  2. Nombre y generales del denunciante
  3. Residencia, oficina, teléfono o correo electrónico
  4. Lo que se solicita o pretende
  5. Breve relación de hechos fundamentales
  6. Fundamento de derecho (no obligatorio)
  7. Pruebas que se acompañan
  8. Lugar, fecha y firma