Uso indebido de información privilegiada
Quien tiene conocimiento de hechos de importancia no públicos no puede utilizarlos para aprovecharse injustamente en compra o venta de valores registrados.


Para el bienestar y el trato justo de los integrantes del mercado, los Estados buscan garantizar la protección de los consumidores mediante el establecimiento de agencias gubernamentales que promueven el equilibrio y defienden los derechos de los consumidores.

La Constitución de la República de Panamá, en su Artículo 49 indica que:
El Estado reconoce y garantiza el derecho de toda persona a obtener bienes y servicios de calidad, información veraz, clara y suficiente sobre las características y el contenido de los bienes y servicios que adquiere; así como a la libertad de elección y a condiciones de trato equitativo y digno.
La Ley establecerá los mecanismos necesarios para garantizar esos derechos, su educación y los procedimientos de defensa del consumidor y usuario, el resarcimiento de los daños ocasionados y las sanciones correspondientes por la trasgresión de estos derechos.
En Panamá, existen distintas instituciones que velan por la protección de los consumidores, como la Superintendencia de Bancos de Panamá, la Superintendencia de Seguros y Reaseguros, la Autoridad Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (ACODECO). En el caso de la Superintendencia del Mercado de Valores brinda educación a los inversionistas.

Sabías que tienes derechos que te protegen en caso de que sientas que alguna entidad bancaria no te brinde la atención que mereces, como cliente o consumidor bancario. Así está establecido en la Ley Bancaria, existen principios que tienen la finalidad de brindar, a la relación que mantienes con el banco, el equilibrio necesario y deseado para garantizar el balance entre los clientes y las entidades bancarias.
Las referencias de crédito son datos que reflejan el comportamiento de pago de los compromisos financieros de una persona. La APC (Agencia de Información de Crédito) es la única agencia autorizada por el Ministerio de Comercio e Industrias para recopilar información de bancos, financieras, cooperativas, aseguradoras, telecomunicaciones, energía eléctrica y comercios.
Si tienes un reclamo sobre referencias de crédito, puedes acudir a ACODECO.


Pasos previos:
La SBP investiga y procede legalmente para aclarar lo sucedido y hacer valer tus derechos. Debes presentar una carta escrita explicando las razones y lo que esperas de la resolución.

Un seguro es un contrato entre una persona o empresa y una compañía aseguradora, donde se realiza un pago para cubrir una contingencia o imprevisto. La Superintendencia de Seguros y Reaseguros de Panamá (SSRP) supervisa y regula este mercado.
Para reclamos contra corredores de seguros el plazo es de 60 días hábiles a partir del conocimiento de la infracción.

La inversión es la posibilidad que tiene una persona de poner a rentar sus excedentes de liquidez. Un inversionista es la persona o empresa que asigna capital con expectativa de ganancia a corto, mediano o largo plazo.
Toda inversión posee riesgos implícitos. Entre más ganancias se quieran obtener, el riesgo que deberá asumir será mayor. Solicita información sobre los riesgos asociados antes de invertir.
Conocer las tarifas que cobra el intermediario es importante, ya que varían según el producto y pueden significar un corte grande de tus ganancias. Diversifica: distribuye tus inversiones en distintas opciones para reducir riesgos.
Asegúrate de comprender el contenido y datos incluidos. Lee el prospecto, contrato y documentación previamente. Pospón decisiones sobre inversiones ofrecidas por teléfono, visitas inesperadas, correo electrónico o redes sociales.
Quien tiene conocimiento de hechos de importancia no públicos no puede utilizarlos para aprovecharse injustamente en compra o venta de valores registrados.
Los emisores y afiliados deben proporcionar toda la información verbal o escrita relacionada con hechos de importancia.
Los oferentes deben proporcionar información completa al ofrecer valores registrados.
Quien solicite poderes de voto debe divulgar todos los hechos de importancia que deban ser divulgados.
Las declaraciones no pueden ser falsas o engañosas en algún aspecto de importancia.
Está prohibida la creación de una apariencia falsa o engañosa respecto al mercado de valores registrados o la manipulación del precio de mercado.
Quien recibe directa o indirectamente una contraprestación deberá divulgar al comprador o vendedor prospectivo este hecho.
Alterar o falsificar documentos financieros está estrictamente prohibido.
Las denuncias no requieren formalidades estrictas; pueden ser verbales, escritas o por correo electrónico. Si es escrita, debe contener: